¿Retirarse antes de los 65? Los nacidos entre 1960 y 1970 podrán jubilarse este año si cumplen estos requisitos

La Ley 27/2011, que establece que cada año se vaya retrasando la edad ordinaria de jubilación, así como aumentando los años de cotización necesarios para jubilarse a los 65 años. Dependiendo de los años cotizados, la edad ordinaria puede ser una u otra.

Actualmente, la edad de jubilación ordinaria está situada en los 66 años y 6 meses. En el caso de tener al menos 38 años cotizados a lo largo de la vida laboral, la edad se situará en los 65 años, pero en 2025, subirá en dos meses la edad ordinaria, que estará fijada en los 66 años y 8 meses. 

Sin embargo, de acuerdo con la mencionada ley, esta edad irá en ascenso y llegará hasta los 67 años en el año 2027. De este modo, los ciudadanos nacidos en 1960 cumplirán este año 2025 la edad correspondiente para jubilarse ya podrán retirarse.

Si cumplen con 38 años y seis meses o más cotizados, los ciudadanos nacidos en 1960 podrán retirarse este mismo año. Si no, de acuerdo con la tabla actual de pensiones, podrán hacerlo en 2027. Además, pueden optar por la jubilación anticipada voluntaria, que permite jubilarse a los 63 años siempre que cuenten con al menos 38 años y 3 meses de cotización.

Edad de jubilación para los nacidos entre el 60 y el 70

La tabla actual del sistema de pensiones establece estos años de cotización para los nacidos entre el 60 y el 70:

  • Nacidos en 1960 / 2025 (con 38 años y seis meses o más de cotizaciones) o 2027 (con menos de 38 años y seis meses de cotizaciones).
  • Nacidos en 1961 / 2026 o 2028, según los años cotizados
  • Nacidos en 1962 / 2027 o 2029, según los años cotizados
  • Nacidos en 1963 / 2028 o 2030, según los años cotizados
  • Nacidos en 1964 / 2029 o 2031, según los años cotizados
  • Nacidos en 1965 / 2030 o 2032, según los años cotizados
  • Nacidos en 1966 / 2031 o 2033, según los años cotizados
  • Nacidos en 1967 / 2032 o 2034, según los años cotizados
  • Nacidos en 1968 / 2033 o 2035, según los años cotizados
  • Nacidos en 1969 / 2034 o 2036, según los años cotizados
  • Nacidos en 1970 / 2035 o 2037, según los años cotizados

Profesiones con jubilación anticipada

Además, hay ciertas profesiones que pueden disfrutar de una jubilación anticipada. Según la normativa actual, los beneficiarios del Régimen de Clases Pasivas que hayan cotizado al menos 35 años pueden acceder a la jubilación anticipada con la totalidad de su pensión. Este régimen incluye a:

  • Funcionarios de carrera de la Administración General del Estado.
  • Funcionarios del Poder Judicial, de las Cortes Generales y de otros órganos constitucionales.
  • Militares de carrera y de complemento.
  • Miembros de cuerpos especiales como Guardia Civil o Policía Nacional, bajo determinadas condiciones.

Otros trabajadores con posibilidad de retirarse antes son aquellos que desempeñen trabajos «de naturaleza excepcionalmente penosa, peligrosa, tóxica o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad». El listado actual de profesiones es el siguiente:

  • Trabajadores incluidos en el Estatuto Minero
  • Personal de vuelo de trabajos aéreos
  • Trabajadores ferroviarios
  • Artistas (cantantes, bailarines y trapecistas)
  • Profesionales taurinos
  • Bomberos al servicio de las administraciones y organismos públicos
  • Miembros del Cuerpo de la Ertzaintza 
  • Policías locales
  • Miembros del Cuerpo de Mossos d´Esquadra
  • Policía foral de Navarra

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