
Con el verano en plena ebullición y las olas de calor asediando la península, muchos se echan a las playas y las piscinas o se buscan el destino ideal para pasar las vacaciones.
Sin embargo, los que se tienen que quedar trabajando ven como su oficina se va convirtiendo en un infierno a medida que suben las temperaturas.
Pasar calor en verano es normal, pero el abogado laboralista y divulgador en redes, Un Tío Legal (laboral_tips), es contundente sobre el tema: «Pasar calor en el trabajo no es legal».
Temperaturas máximas en el trabajo
El abogado cita el Real Decreto 486 de 1997, donde se recogen las temperaturas estipuladas en función del tipo de trabajo que desempeñemos.
Según el decreto, si trabajamos en un «trabajo ligero» como una oficina o en puestos de atención al público se permitirá «una temperatura máxima de 27 grados». Por su parte, el divulgador señala que para un trabajo «moderado o físico», las temperaturas no deberían exceder los 25 grados.
Sin embargo, en el caso de una alerta roja o naranja por temperatura, «se deben tomar medidas especiales» basándose en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Estas medidas deberían incluir: cambios de horarios, pausas, zonas de sombra o ventiladas y agua disponible para los empleados.
En el caso de que la empresa no cumpla con estas condiciones, el laboralista recomienda notificarlo por escrito a la empresa, indicando la situación y recogiendo pruebas sobre las condiciones en las que nos encontramos. Asimismo, si la situación persiste, el divulgador asegura que «puedes llegar a para la actividad» e informar a Inspección de Trabajo para que le den un aviso a tu empresa.
Enlace de origen : Un abogado laboralista, contundente: «Pasar calor en el trabajo no es legal»